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DEFENSORÍA DE LA AUDIENCIA DE RTVA
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Principios generales de actuación
Canal Sur Radio y Canal Sur TV ponen
a su disposición un Defensor del
Oyente y del Espectador que atiende
las quejas, sugerencias y opiniones
de los usuarios da la radio y la
televisión pública de Andalucía.
El Defensor es un mediador entre los
usuarios y la empresa y no tiene
competencias sobre la programación,
aunque puede hacer sugerencias.
El Defensor informa cada mes al Conse-
jo de Administración de R.T.V.A.
de las quejas,opiniones y sugerencias
as de los oyentes y espectadores de
Canal Sur. 1/2

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DEFENSORÍA DEL OYENTE Y ESPECTADOR
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Conforme al Reglamento que regula la
actividad del Defensor, los oyentes y
espectadores que presenten quejas
deberán hacer constar su identidad y
dirección o teléfono. El Defensor no
puede tramitar quejas anónimas.
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DEFENSORÍA DE LA AUDIENCIA DE RTVA
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Principios generales de actuación
Canal Sur Radio y Canal Sur TV ponen
a su disposición un Defensor del
Oyente y del Espectador que atiende
las quejas, sugerencias y opiniones
de los usuarios da la radio y la
televisión pública de Andalucía.
El Defensor es un mediador entre los
usuarios y la empresa y no tiene
competencias sobre la programación,
aunque puede hacer sugerencias.
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DEFENSORÍA DE LA AUDIENCIA DE RTVA
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Principios generales de actuación
Canal Sur Radio y Canal Sur TV ponen
aunque puede hacer sugerencias.
El Defensor informa cada mes al Conse-
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Canal Sur. 1/2

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actividad del Defensor, los oyentes y
espectadores que presenten quejas
deberán hacer constar su identidad y
dirección o teléfono. El Defensor no
puede tramitar quejas anónimas.
La actividad del Defensor del Oyente
y el Espectador puede consultarse a
través de su blog:
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DEFENSORÍA DEL OYENTE Y ESPECTADOR
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Conforme al Reglamento que regula la
actividad del Defensor, los oyentes y
espectadores que presenten quejas
deberán hacer constar su identidad y
dirección o teléfono. El Defensor no
puede tramitar quejas anónimas.
La actividad del Defensor del Oyente
y el Espectador puede consultarse a
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DEFENSORÍA DE LA AUDIENCIA DE RTVA
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Principios generales de actuación
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Oyente y del Espectador que atiende
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aunque puede hacer sugerencias.
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DEFENSORÍA DEL OYENTE Y ESPECTADOR
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Conforme al Reglamento que regula la
actividad del Defensor, los oyentes y
espectadores que presenten quejas
deberán hacer constar su identidad y
dirección o teléfono. El Defensor no
puede tramitar quejas anónimas.
La actividad del Defensor del Oyente
y el Espectador puede consultarse a
través de su blog:
http://blogs.canalsur.es/defensorrtva/

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DEFENSORÍA DE LA AUDIENCIA DE RTVA
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Principios generales de actuación
Canal Sur Radio y Canal Sur TV ponen
a su disposición un Defensor del
Oyente y del Espectador que atiende
las quejas, sugerencias y opiniones
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televisión pública de Andalucía.
El Defensor es un mediador entre los
usuarios y la empresa y no tiene
competencias sobre la programación,
aunque puede hacer sugerencias.
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Conforme al Reglamento que regula la
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La actividad del Defensor del Oyente
y el Espectador puede consultarse a
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Nota del Defensor. Conforme a la
NORMA del Consejo de Administración
que regula las funciones del
Defensor de la Audiencia de la RTVA,
para CSR, CSTV, CANAL SUR 2,
medios de la RTVA, no se admiten
quejas, sugerencias ni opiniones
anónimas. Si se llama al contestador
es necesario especificar el nombre y
el teléfono o dirección del
comunicante. Para publicar
comentarios en el BLOG del Defensor
también es necesario identificarse.

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Conforme al Reglamento que regula la
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dirección o teléfono. El Defensor no
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y el Espectador puede consultarse a
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Principios generales de actuación
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El Defensor informa cada mes al Conse-

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dirección o teléfono. El Defensor no
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y el Espectador puede consultarse a
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deberán hacer constar su identidad y
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puede tramitar quejas anónimas.
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Nota del Defensor. Conforme a la
NORMA del Consejo de Administración
que regula las funciones del
Defensor de la Audiencia de la RTVA,
para CSR, CSTV, CANAL SUR 2,
medios de la RTVA, no se admiten
quejas, sugerencias ni opiniones
anónimas. Si se llama al contestador
es necesario especificar el nombre y
el teléfono o dirección del
comunicante. Para publicar
comentarios en el BLOG del Defensor
también es necesario identificarse.

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Nota del Defensor. Conforme a la
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y el Espectador puede consultarse a
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comunicante. Para publicar
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Conforme al Reglamegto que regula la

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